Sentencia: 0590/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0590/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

II.2.

De la compulsa de antecedentes se evidenció que existen hechos controvertidos que deben ser dilucidados en la vía ordinaria, por cuanto no existe una debida delimitación del bien inmueble ubicado en el kilómetro nueve de la carretera doble vía a la Guardia, denominado “Palmasola Valparaiso”, registrado en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 7.01.4.01.000338; asimismo, existen compromisos de transferencia de lotes de terreno a plazo con reconocimiento de firmas y rúbricas, suscrito por Newton Shikujara Eguez apoderado de Sofía Ruíz Eguez del fundo rústico denominado “Palmasola o Valparaiso” inscrito en DD.RR. bajo la matrícula 7014010005288 de 25 de julio de 2007 a favor de varias personas; por ende, no es que los accionantes no hubieran demostrado la titularidad de su derecho propietario como expone la SCP 0590/2013-L sino que existen hechos controvertidos que deben ser resueltos ante la justicia ordinaria, debido a que: “Los conflictos entre derechos son resueltos por los órganos jurisdiccionales en la forma determinada por las leyes de la República” como establece el art. 1281 del Código Civil (CC).