III. Análisis del caso concreto
De la revisión de antecedentes e informes que cursan en obrados, se evidencia que el representante de la accionante, ya interpuso otra acción de libertad contra las autoridades demandas, misma que fue resuelta mediante la Sentencia Constitucional 0537/2012 de 9 de julio, por lo que existiendo identidad de sujeto, objeto y causa, se deniega la tutela solicitada.
En consecuencia, el Juez de garantías, al haber denegado la tutela impetrada, a través de la presente acción de defensa, ha evaluado en forma correcta los datos del proceso y las normas aplicables al mismo, por lo que correspondía confirmar la Resolución emitida por el Juez de garantías y denegar la tutela solicitada.
