denegado
En consecuencia, el Juez de garantías, al haber denegado la tutela impetrada, a través de la presente acción de defensa, no ha evaluado en forma correcta los datos del proceso y las normas aplicables al mismo, por lo que correspondía REVOCAR la Resolución de 8 marzo, cursante de fs. 14 a 16, pronunciada por el Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada.
