AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2013-CA

Fecha: 05-Jul-2013

acción de inconstitucionalidad concreta

Dentro de la acción de inconstitucionalidad concreta remitida por Administrador de Aduana Interior a.i. de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia, por la que declaró “No ha lugar” la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Kainer Silvestre Melgar Clavel, demandando la inconstitucionalidad del art. 1 en la frase: “…y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas (sic), y las Disposiciones Adicionales Décima Octava, Décima Novena y Vigésima de la Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2013, y los arts. 273 y 275 del Decreto Supremo (DS) 1487 de 6 de febrero de 2013, por presuntamente vulnerar sus derechos contenidos en los arts. 56, 57, 115, 117, 119, 120, 158.11, 159.6 y 8, 178, 321.II y III y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).