La SCP 0170/2012 de 14 mayo, con relación a las características de la acción de libertad, refirió lo siguiente:
Fecha: 03-Jul-2013
REVOCAR
''El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art20.11 de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 009/2011 de 17 de octubre, cursante de fs. 45 a 4~ pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia Penal en suplencia legal de su similar Primero, ambos del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz; Jtj en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada, instruyendo al Juez del Tribunal Cuarto de Sentencia Penal, evaluar la forma de verificación de la medida sustitutiva aplicada; así como los parámetros de su
Al respecto, es evidente que resulta incoherente y hasta inaplicable la disposición asumida en la SCP 0601j2013-L, pues pese a conceder la tutela, no determina con certeza como se debe reponer el derecho a la libertad reclamado por el accionante, pues la instrucción al Juez del Tribunal Cuarto de Sentencia Penal, para que evalué "la forma de verificación de la medida sustitutiva aplicada/' así como los parámetros de su cumplimiento/' siempre y cuando no se hubiera definido la situación jurídica del accionante por una determinación posterior, /; resulta ser una disposición vaga e imprecisa, que se puede prestar a mayor arbitrariedad de la autoridad demandada, sobre cuya actuación se ha demostrado ilegalidad. En consecuencia, en aplicación del principio de informalismo que caracteriza a la acción de libertad, sin importar los defectos de lo peticionado por el accionante, correspondía en el presente caso, disponer directamente la libertad del mismo, dejando sin efecto el decreto de 29 de septiembre de 2011, por el cual el Juez demandado negó la solicitud de mandamiento de libertad realizada por el afectado, o en su defecto disponer dejar sin efecto dicho decreto, ordenando que el Juez demando que emita un auto expreso sobre la solicitud del accionante, conforme a la los razonamientos expresados en la SCP 0601j2013-L, ultima situación que abriría incluso al accionante la posibilidad de apelar la decisión asumida por la autoridad demandada, en caso de persistir en arbitrariedad.