AUTO CONSTITUCIONAL 0330/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0330/2013-CA

Fecha: 29-Ago-2013

rechazó

Por RA 29-00061-13 de 14 de junio de 2013, cursante de fs. 107 a 123, la AJ, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta con los siguientes fundamentos: 1) Las normas impugnadas no contravienen ningún precepto constitucional; 2) La AJ tiene amplias facultades para ejercer la fiscalización, inspección y control a los operadores de juegos, además de aplicar y ejecutar sanciones por las infracciones administrativas previstas por la Ley de Juegos de Lotería y de Azar; 3) La AJ otorgó a la empresa CORHAT BOLIVIA S.A., las garantías necesarias que le aseguren un juzgamiento imparcial y justo, por lo que se cumplió con los derechos al debido proceso y a la defensa; 4) La AJ emitió las Resoluciones Regulatorias ejerciendo sus facultades previstas por ley para garantizar el cumplimiento de sus fines en cuanto a la fiscalización de juegos de azar; 5) El accionante no estableció la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso incumpliendo el art. 24.4 y 79 del CPCo; y, 6) El Tribunal Constitucional Plurinacional emitió las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0003/2013 y 0021/2013 que tienen carácter vinculante y son de cumplimiento obligatorio, declarando la constitucionalidad del art. 28.I.2 de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar y la improcedencia de la acción respecto a las demás.