AUTO CONSTITUCIONAL 0336/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0336/2013-CA

Fecha: 30-Ago-2013

II.2. Análisis del caso concreto

En el caso de análisis, se tiene que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y a querella de Alberto Quispe Cruz, Petrona Fernández de Quispe y Luly Quispe Fernández contra Andrea Quispe Gamboa, Gonzalo Condori Ticona e Isabel Asturizaga Aliaga, por la presunta comisión de los delitos de tentativa de homicidio y allanamiento de domicilio, que se tramita en el Tribunal Segundo de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, se suscitó conflicto de competencias entre la justicia indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria; toda vez que, las autoridades originarias de         la Comunidad de Pacajes provincia Murillo del indicado Departamento, por nota presentada el 7 de Agosto de 2013 (fs. 473), solicitando al citado Tribunal el traslado del caso a su jurisdicción, alegando que ya tienen conocimiento del mismo.

Por su parte, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, a través de la Resolución 40/2013 de 8          de agosto (fs. 492 a 494 vta.), rechazó la solicitud de declinatoria de jurisdicción, fundamentando que el proceso versa sobre delitos que no están al alcance del ámbito de la justicia indígena originaria campesina.

En consecuencia, en el presente caso se constató el cumplimiento de los presupuestos para disponer la admisión del presente conflicto de competencias de acuerdo a la normativa desglosada en el punto II.1. del presente Auto Constitucional, al haberse suscitado conflicto de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la justicia indígena originaria campesina, correspondiendo por tanto al Tribunal Constitucional Plurinacional, emitir la resolución del mencionado conflicto conforme lo previsto por el art. 103 del CPCo.