Sentencia: 1049/2013-L de 29 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1049/2013-L de 29 de agosto

Fecha: 29-Ago-2013

II.4.  Antecedentes probatorios

El Acta de verificación notarial de 21 de septiembre de 2001, emitido por Soledad Barrientos Vda. De Pinto, Notaria de Fe Pública de Segunda Clase de Cotoca del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz (fs. 10), describe los materiales que fueron encontrados en la fecha de la verificación en ambos lotes de terreno, signados con los números 1 y 2 ubicados en la manzana 39 de la urbanización Patujú, sin embargo, establecen claramente que en el lote número 2, además de haberse verificado sobre cimientos para dos cuartos, se “encontraban persona desconocida”.

La denuncia presentada por María del Rosario Bruno “Gianela” ante la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen de Cotoca del departamento de Santa Cruz (fs. 3), da cuenta de la presunta comisión de delitos de robo agravado, amenazas y coacción, señalando como presumible sindicado o sospechoso a Ronny Eguez “Carilo” y Teonilda Chávez Chávez.

El registro en Derechos Reales del derecho propietario afirmado por los accionantes, bajo las matrículas 7.01.2.01.0008763 asiento A 1 de 6 de septiembre de 2002 a nombre de Roque Rivero Méndez y 7.01.2.010008801 asiento A 1 de 13 de septiembre de 2002 a nombre de María Rosario Bruno Gianella, respecto a los lotes de terreno números 1 y 2 de la manzana 39 en la urbanización Patujú, emerge de un transferencia de carácter social realizada por el Fondo Complementario de Trabajadores de Comercio y Ramas Anexas de Santa Cruz a sus beneficiarios.

El art. 5 del Decreto Supremo (D.S.) 24433 de 12 de diciembre de 1996 (fs. 99 a 101 vta.), estableció la disolución de los Directorios de las instituciones que administraron los fondos complementarios y el Fondo de Pensiones Básicas, disponiendo la sustitución por liquidadores designados por la Secretaría Nacional de Pensiones Básicas (fs. 18 y 29).