CONFIRMAR
La SCP 1071/2013-L, determinó CONFIRMAR la Resolución 12/2012 de 16 de enero, cursante de fs. 174 a 176 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada con el fundamento de que el cómputo del plazo de seis meses para la presentación de la acción de amparo constitucional corre desde la notificación con la Resolución de 5 de junio de 2009.
Por lo expuesto, la suscrita está de acuerdo en CONFIRMAR la Resolución 12/2012 de 16 de enero, cursante de fs. 174 a 176 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, por los motivos precedentemente expuestos.
