SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2013-L

Fecha: 08-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 2 de noviembre de 2011, a horas 23:00, junto a su esposo Pascual Rodríguez Solíz y varias amigas, se encontraban tomando bebidas alcohólicas en el local denominado “LOS AMIGOS” ubicado en el barrio petrolero de la localidad de Entre Ríos, oportunidad en la que la ahora demandada “de manera sorpresiva y agresiva” (sic), se abalanzó contra ella, pronunciado una serie de calificativos, logrando golpearla con una botella de vino y amenazándola de muerte, por lo que su esposo y una de sus amigas, se interpusieron tratando de precautelar su estado de embarazo, al día siguiente la demandada fue a su casa a las 8:00 y “… declara que la noche del incidente (02/1/11), hrs. 23:00 p.m.) y su agravante de amenaza de muerte estaba sobrio y no mareada y estaba segura de lo manifestado” (sic).