SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2013-L

Fecha: 09-Ago-2013

1)

Dilma Sevilla Avellaneda, Danilo Barrientos Parada, Helen Yamano Arteaga, “Mirian” Dumay Tabo, “Yackeline” Vargas Ribero, Adalid Claros Heredia, Dilma Farath Ruas, Gary Galindo Cartagena, Helen Chao “Fará”, Valeria Fernández Mendoza, Augusta Navy Vergara, Lucia Yubanera Sevilla, “Lucilda Torregón” Villanueva, Blanca Arteaga Solano, Carla “Divivay” Ramirez, Carmen Lurici “Chuquisaca”, Noemi Ledy Lurici Lucia, Walter Navi Parada, Mariela Capi Beyuma y Benedicto “Guayao” Capi, presentaron informe escrito cursante de fs. 237 a 238 vta. asi como en audiencia mediante su abogado, manifestaron lo siguiente: 1) El accionante no demostró prueba alguna de las acusaciones efectuadas en su memorial, o la existencia de elementos de prueba de que hubieran irrumpido violentamente en su propiedad, derribando y destruyendo el cerco perimetral cometiendo agresiones físicas contra la humanidad del accionante o su esposa, limitándose a presentar fotografías de su propiedad la cual nunca ha sido afectada y menos violentada o despojada; 2) Carecería de sustento el argumento del accionante; toda vez que, no aportaron elementos que demuestren que su vida estuviera en peligro o su seguridad física amenazada, que su propiedad hubiere sufrido avasallamiento violento que haya causado deterioro alguno o que el accionante se encontraba cumpliendo la función social sobre el terreno, violentando su seguridad jurídica y el debido proceso al procederse mediante medidas de hecho a expulsarlo y despojarlo de su morada; y, 3) Si bien la propiedad privada está garantizada por la Constitución Política del Estado, tal como lo prescribe su art. 56, el accionante debió agotar los recursos para la protección inmediata de sus derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.

Dilmar Cebilla Abellaneda, Carlos Cuata Molina, Juan Carlos Otta Guchana, Aidena Otsubo Suarez, Daniela Barrientos Parada, Juan Cuellar Macuapa, Fernando Tellería Salvatierra, Juan Carlos Ota Yuchina, Dora Landivar Tamauta, Ruth Peinado Canamari, Antonio Ostubo Santa Cruz, Rosa Maria Saucedo, Shirle Vasquez Galarza, Walter Paz Navi, Humberto Farath Rúa y Teresa Arteaga Guary, no presentaron informe ni asistieron a la audiencia, pese a su legal notificación cursante de fs. 195 a 197 vta. y 200.