Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0868/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
II.4.
II.4. Memorial presentado el 6 de diciembre de 2011, mediante el cual la representante del accionante retira la acción de libertad planteada, toda vez que se llevó adelante la audiencia de medidas cautelares en el Juzgado Primero de la Niñez y Adolescencia en la que se definió su situación procesal (fs. 36 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- )
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Retiro o desistimiento de la demanda de acción de libertad
- III.3. La acción de libertad y el debido proceso
- '…la acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos por ella…', en ese contexto de precedencias la SC 0036/2007-R de 31 de enero, precisó los presupuestos en los que se da persecución, señalando que son: «1) la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente, y 2) la emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley».
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR