Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.4. Normas constitucionales consideradas infringidas
El art. 410.II de la CPE, precisa: “La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales…”.
- la acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- revocó en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3. Normas consideradas inconstitucionales
- II.4. Normas constitucionales consideradas infringidas
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. La cosa juzgada constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- IMPROCEDENTE