AUTO CONSTITUCIONAL 0389/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0389/2013-CA

Fecha: 27-Sep-2013

I.1. Argumentos jurídicos de la acción

Manifiesta que, la seguridad social en Bolivia en sus regímenes de enfermedad, maternidad, riesgos profesionales, invalidez, vejez y muerte fue desarrollada a partir de la Ley de 14 de diciembre de 1956, que aprobó el Código de Seguridad Social, que establece una distinción entre las personas civiles y los miembros de las Fuerzas Armadas quienes gozan de regulación especial.

Señala que, los preceptos legales ahora cuestionados determinan que para ser beneficiario de la renta de vejez, deben ser cumplidos los requisitos referidos a la edad, a los aportes y a los años de servicio y adicionalmente dentro del régimen de las Fuerzas Armadas, incorporando además el requerimiento de la continuidad “…creando inclusive un sistema de diferenciación y exclusión de beneficios para aquellos que no cumplan la caprichosa y arbitraria exigencia de continuidad” (sic).

Refiere que, a partir de los mandatos denunciados de inconstitucionales los afiliados miembros del cuerpo militar que cumplieron treinta y cinco años en el ejercicio de sus funciones, pero de forma discontinua y que deseen acogerse a la jubilación, pasan a regirse por los procedimientos como personas civiles, perdiendo todos los beneficios y ajustes para su sector, vulnerando sus derechos a la seguridad social y a la igualdad.

Fundamenta también que, la presunta contravención al principio de reserva legal se encuentra reconocido por la Norma Suprema y por instrumentos sobre derechos humanos, en virtud al cual, se impone un límite a la facultad de regulación de los Órganos Legislativo y Ejecutivo, y también protege la nominación sobre los derechos fundamentales que no pueden quedar al arbitrio del poder público; por lo que, dicha restricción sólo puede darse a través de una ley en sentido formal, interpretación que fue asumida por el Tribunal Constitucional Plurinacional y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.