AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2013-ECA
Fecha: 24-Sep-2013
I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
El 7 de junio de 2013, se emitió la Resolución Ministerial (RM) 377/13, mediante la cual se resolvió el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución de revocatoria de 28 de enero del mismo año y la “Resolución Administrativa JPCL-JRTC-SC Nº 01/2012 de 21 de diciembre de 2012, a través de la cual se conmina al Banco Unión S.A. a la reincorporación laboral de Karla Lorena Pessoa Barbeyto”(sic), que en su parte resolutiva textualmente determinó: “PRIMERO.- REVOCAR TOTALMENTE la resolución administrativa de 28 de enero de 2013 y la CONMINATORIA JPCL-JRCT-SC Nº 1/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012, emitidas por el Jefe Regional de Trabajo de Camiri”(sic).
Por lo que, de acuerdo a lo previsto en los arts. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP); y 13 del Código Procesal Constitucional (CPCo), solicita dentro de plazo que la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, proceda a la aclaración, enmienda y complementación de la SCP 0962/2013.