AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2014-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2014-ECA

Fecha: 02-Ene-2014

I.1. Síntesis del memorial

Por memorial de 5 de septiembre de 2013, Edwin Carvajal Avalos en su calidad de ex Juez Décimo Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, refiere que la SCP 1535/2012 de 24 de septiembre, resolvió revocar la Resolución 53/2012 de 18 de junio, emitida por el Tribunal de garantías, y en consecuencia denegar la tutela solicitada, aclarando que no se ingresó al análisis de fondo, empero, de forma contradictoria e irregular, en el segundo numeral de la parte resolutiva se decidió remitir antecedentes al Ministerio Público para la investigación del Juez Décimo Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, del referido departamento como del personal de apoyo jurisdiccional, sin tomar en cuenta que las Sentencias que emite el Tribunal Constitucional Plurinacional, solo pueden afectar a la partes que intervienen en el proceso, así refiere la doctrina como la jurisprudencia constitucional, haciendo alusión a la “SC 1310/2002-R y la SCP 2548/2012”.

Añade además, que se transgredió el derecho a la defensa y debido proceso, ya que la norma faculta al Tribunal Constitucional Plurinacional a remitir obrados al Ministerio Público en los casos de resistencia o desobediencia, empero actuaron de forma ultrapetita, hecho que vuelve arbitraria dicha Sentencia, contraria a la Constitución y la leyes, solicitando se enmiende el numeral dos de la parte resolutiva, excluyéndola del fallo aludido.