AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2014-RCA
Fecha: 05-Nov-2014
improcedencia
La Sala Civil, Social, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 22 de 2 de octubre de 2014, cursante a fs. 22 y vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, bajo el fundamento de que la demandante en la presente acción señaló que, no obtuvo respuesta al memorial presentado el 8 de septiembre de 2014, en el que observó el acta de intervención contravencional COARLPZ-C-0415/2014 de 25 de agosto, pese a lo establecido en la Resolución AGIT.RJ 0572/2014, que dispuso anular obrados hasta el vicio más antiguo, vale decir hasta el acta de intervención contravencional de 15 de julio de 2013; lo que significa que existe un proceso administrativo que estaría siendo tramitado, teniendo la accionante la vía para interponer el recurso de impugnación correspondiente.