AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2014-ECA
Fecha: 26-Nov-2014
1)
Del memorial presentado por el representante de la accionante, se tiene que él mismo solicita aclaración, enmienda y complementación en base a los siguientes términos: 1) Que si se estableció que la acción de libertad no es el medio idóneo, se deduce que la acción de defensa, sería la acción de amparo constitucional; empero, compulsando los datos del proceso, su esposa reclamó el indebido procesamiento porque la querellante es su madre, y en juicio oral planteó una excepción, así como en apelación restringida y en la interposición del recurso de casación, habiendo agotado los medios ordinarios; 2) Si se encuentra falta de subsidiariedad o que únicamente establecen que la acción de libertad no es el medio adecuado para ejercer una acción de defensa constitucional.