Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0089/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argument
Fecha: 19-Dic-2014
e)
En ese marco, se puede observar que evidentemente la ley emitida por el nivel central del Estado, por mandato constitucional es la norma que define los impuestos de dominio municipal, por lo que el Gobierno Municipal de Villa Charcas para la implementación efectiva de los impuestos municipales deberá circunscribirse a los hechos generadores señalados anteriormente.