Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2014-CA
Fecha: 25-Feb-2014
c)
c) Se demostró que el proyecto de carta orgánica ya mencionada (fs. 1 a 66), fue aprobado por dos tercios de votos del total de los miembros del Órgano deliberante de la referida Entidad Territorial, conforme consta en el Acta de Sesión Ordinaria (fs. 149 a 150) y la Ley Municipal 002/2012 (fs. 137 a 139), ambas de 19 de noviembre; requisito exigido por la Constitución Política del Estado, concordante con el art. 118.I del citado Código.