AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2014-CA

Fecha: 25-Feb-2014

deberá ser presentada por la Presidenta o Presidente del Órgano deliberante de la Entidad Territorial

Por consiguiente, las autoridades legitimadas para formular la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de estatuto o carta orgánica son la presidenta o presidente del órgano deliberante de las entidades territoriales autónomas, y en el caso de las autonomías indígenas originario campesinas, serán las  autoridades designadas por ellas.

En el primer caso, la Presidenta o la Presidente del Órgano Deliberante de las Entidades Territoriales Autónomas deberán acreditar además la aprobación por dos tercios de votos del total de sus miembros del proyecto de estatuto o carta orgánica, pero además se deberá demostrar que fue elaborado de manera participativa.