AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2014-CA

Fecha: 25-Feb-2014

a)

Entre éstos, los recurrentes indicaron: a) Sus generales de ley, acreditando su calidad de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional por las fotocopias legalizadas de las credenciales de fs. 1 a 16; asimismo, señalaron como domicilio procesal la Cámara de Senadores, oficina de la Bancada Convergencia Nacional, ubicada en la Plaza Murillo de la ciudad de La Paz, así también nombraron a Eugenio Rojas Apaza, como autoridad recurrida con domicilio laboral en el palacio legislativo, ubicado en la Plaza Murillo de la ciudad de La Paz; b) El recurso contra resoluciones legislativas fue interpuesto dentro del plazo de treinta días el 13 de febrero de 2014 (fs. 28 a 37), establecido por el art. 141 del CPCo, por cuanto de obrados se evidencia que la copia legalizada de las Resoluciones Camarales 004/2014-2015 (fs. 24) y 005/2014-2015 (fs. 25); c) Acompañan copias legalizadas de las Resoluciones Camarales 004/2014-2015 y 005/2014-2015, que presuntamente les causó agravio, y otros antecedentes como el Acuerdo de Bancada de Generadores gestión 2013 y 2014 de 16 de enero de 2013 (fs. 17); cite BCA CONV NAL/CI 001/2014 de 15 (fs. 18 a 19); y las notas de 16, 21, todos del mes antes mencionado de 2014 (fs. 20 a 22 vta.); y, d) Expusieron los hechos con claridad, y el memorial cuenta con la firma de un abogado.