SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2014

Fecha: 25-Feb-2014

denegando

El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías pronuncio la Resolución 23/2013 de 26 de septiembre, cursante a fs. 21 a 22 vta., denegando la tutela solicitada por el accionante, bajo los siguientes fundamentos: a) Al no estar presente ninguna de las partes pese asu legal notificación se procedió conforme establece el art. 36 inc. 2), 3) del CPCo; b) Una de las competencias de los jueces instructores es el control de la investigación conforme previene el art. 54 inc. 1) del CPP; y, c) El Tribunal Constitucional Pluriancional estableció que la acción en estos casos es subsidiaria al existir en la jurisdicción ordinaria, mecanismos procesales específicos de defensa que son eficientes idóneos y oportunos para restituir el derecho a la libertad, es decir, primeramente debe activarse en la jurisdicción ordinaria todos los recursos posibles antes de recurrir a lavia constitucional.