AUTO CONSTITUCIONAL 038/2014-CA-ECA-S
Fecha: 28-Mar-2014
Fragmento 3
Conforme a los datos del dosier, consta que la autoridad demandada Sandra Parra Flores, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, fue notificada con la SCP 0217/2014, el día martes 11 de marzo de 2014, a horas 09:35, planteando su solicitud de aclaración, complementación y enmienda ante este Tribunal, el martes 26 de marzo, a hrs. 11:35; por consiguiente, no corresponde absolver dicha solicitud, para aclarar, enmendar o complementar la citada Sentencia Constitucional Plurinacional, concluyendo que el petitorio es completamente extemporáneo habida cuenta que fue presentada fuera del plazo establecido en el art. 13 del CPCo, pues éste fenecía al segundo día de su notificación; es decir, el día lunes 13 de marzo del mismo año, a horas 09:35.