Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2014-ECA
Fecha: 14-May-2014
1° HA LUGAR
1° HA LUGAR a la aclaración y complementación con relación al primer punto, y en mérito a ello complementar y aclarar la parte resolutiva de la SCP 0357/2014 de 21 de febrero, en el Punto 2° de manera expresa en los siguientes términos: “más el pago de los sueldos devengados al accionante desde el momento de su cesación hasta su reincorporación”; asimismo, complementar el apellido materno del mismo de “Amador”, debiendo quedar en definitiva el punto 2º de la referida Sentencia Constitucional Plurinacional en la siguiente forma: