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    1346/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    1346/2014

    Fecha: 30-Jun-2014

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    • acción de libertad
    • 1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
    • a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c)
    • 2.  La acción de libertad contra particulares y el respeto de los derechos fundamentales por parte de terceros
    • que esta acción procede contra actos e inclusive omisiones que pongan en peligro el derecho a la vida o restrinjan o amenacen restringir indebidamente la libertad personal o la libertad de locomoción de las personas, por actos de persecución
    • dichas lesiones deben trasuntarse en actos u omisiones manifiestas, que permitan al juzgador llegar a la convicción que los mismos existen y que por su inminencia pueden poner en peligro los derechos objeto de su protección, caso en el cual la acción de libertad procede para evitar su consumación
    • Ahora bien, el razonamiento precedentemente señalado permite su flexibilización cuando el mismo va a ser contrastado en escenarios de vulnerabilidad, teniendo en cuenta, que el principio favor debilis, aplicable en virtud de lo previsto en los arts. 13.IV, 256 y 410.I de la CPE, obliga a considerar con especial atención a la parte que, en su relación con la otra, se halla situada en inferioridad de condiciones,
    • 4.  Lo que debió considerarse en el caso concreto

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