AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2014-CA

Fecha: 16-Jun-2014

Fragmento 3

En desarrollo de la normativa constitucional el art. 72 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece: “Las Acciones de Inconstitucionalidad son de puro derecho y tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitucional Política del Estado, a instancia de las autoridades públicas señaladas en el presente Código.”