SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2014
Fecha: 06-Jun-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra, por la supuesta comisión del delito de abuso sexual con agravantes, en la audiencia de medidas cautelares de 3 de diciembre de 2013, la Jueza ahora demandada dispuso su detención preventiva, la cual estima ilegal, por cuanto no consideró la exposición de los abogados de la defensa, valorando únicamente las entrevistas manipuladas y fraguadas, y las pruebas que acompañó el Ministerio Público, sin acreditar la existencia de elementos de convicción y los riesgos procesales; tampoco consideró la presunción de inocencia al no ser partícipe del hecho denunciado; además de disponer su privación de libertad “…en la cárcel del Abra, pudiendo recurrir a la cárcel que existe en Aiquile o en Araní, por ser una detención temporal de medidas cautelares… llega a la omisión de los elementos arraigadores naturales presentados por la defensa…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad. Reiteración de línea jurisprudencial desarrollada por las SSCC 0160/2005-R, 0181/2005-R, 0008/2010-R y 0080/2010-R
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR