AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2014-CA

Fecha: 21-Jul-2014

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Indica que el Secretario Departamental de Medio Ambiente y Agua de Tarija, de conformidad al art. 34 del DS 28592, tiene limitada su competencia hasta la emisión de la resolución de primera instancia; en este caso hasta el pronunciamiento de la RA 004/2014, por la que se impuso la sanción administrativa de revocatoria de licencia ambiental y suspensión de actividades; consiguientemente no debía resolver el recurso de que fue planteado precisamente contra la determinación asumida por la autoridad demandada.