Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0270/2014-CA
Fecha: 14-Ago-2014
I.2. Resolución de la autoridad jurisdiccional ordinaria
Por Resolución de 11 de julio de 2014, cursante a fs. 25 vta. a 26 vta., el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Tarija, se declaró incompetente para conocer la referida causa en razón al territorio y/o lugar donde se encuentra el lote de terreno objeto de la pretensión, por ser del área rural; por lo que, suscitó conflicto de competencia entre la jurisdicción ordinaria civil y la jurisdicción agroambiental, disponiendo se remitan antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional para los fines consiguientes de ley.