SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1588/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1588/2014

Fecha: 19-Ago-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Conforme memorándums GNRH 024/2013, GNRH 025/2012, GNRH 022/2013 y GNRH 021/2012 de 20 de marzo de 2013, la CBN comunicó la necesidad de efectuar ajustes y cambios operativos o estructurales en la entidad aplicando el art. 12 de la Ley General del Trabajo (LGT) afectando la continuidad de sus actividades laborales, aduciendo que los memorándums precitados son de preaviso, pretendiendo concluir su relación laboral el 20 de junio de 2013; vulnerándose la estabilidad laboral, al no existir causal justificada de despido conforme las previsiones del art. 16 del mismo cuerpo legal. Optando los ahora accionantes por la reincorporación a su fuente laboral en sujeción a los arts. 9 y 11.I del Decreto Supremo (DS) 28699, que garantiza la estabilidad laboral de los trabajadores asalariados, así como el art. 49.III de la Constitución Política del Estado que protege la estabilidad laboral, y prohíbe el despido injustificado. Los trabajadores, así como su organización sindical, solicitaron infructuosamente a la empresa, a través de varias notas dejar sin efecto los despidos efectuados, no habiéndose otorgado respuesta favorable. Denunciando por ante la Jefatura Departamental del Trabajo Empleo y Previsión Social de La Paz, en procura de hacer prevalecer sus derechos, emitiéndose Conminatoria de Reincorporación 044/2013 de 7 de agosto, ordenándose el pago de sueldos devengados y otros derechos sociales que les corresponden al momento de su cumplimiento, misma que la entidad accionada se resiste a cumplir, interponiendo Recurso Jerárquico el mismo que aún no fue resuelto por la instancia administrativa correspondiente.