SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1865/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1865/2014

Fecha: 25-Sep-2014

“IMPROCEDENTE”

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 27 de febrero de 2014, cursante de fs. 14 vta. a 16 vta; por la cual, declaró “IMPROCEDENTE” la acción de libertad, bajo los siguientes argumentos: a) La pretensión del accionante está dirigida contra la Jueza Cuarta de Instrucción de Familia, autoridad que ordenó el mandamiento de apremio por falta de pago dentro del proceso de asistencia familiar demandada por Rosenda Alejandra Añez Mariscal; b) Invoca también, en forma errónea, que “se encuentra preso por el Código de Procedimiento Penal” (sic); es decir, incurre en una serie de errores de citas jurídicas que no vienen al caso; de manera que, al Tribunal de garantías no se le abre la competencia; y, c) La presente acción se declaró improcedente por la forma, “habida cuenta que se ha establecido que hay un principio de subsidiariedad, que tiene que agotarla ante la autoridad judicial, que es el que ordenó la detención del hoy accionante, no así a la persona particular demandada, que es la demandante en la asistencia familiar, por consiguiente carece de legitimación pasiva” (sic), porque ella no ordenó su detención sino la autoridad jurisdiccional.