Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado expresa su voto aclaratorio con la Declaración Constitucional Plurinacional DCP 0019/2015 de 16 de Enero; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Fecha: 16-Ene-2015
I.1.
I.1. El art. 126 de la COM, respecto a la Consulta establece que “Es el derecho que tiene la comunidad campesina y urbana a ser consultada previamente, antes de implementar alguna política pública municipal, por parte del Gobierno Autónomo Municipal de Yunchará, que afecte sus intereses y sus necesidades. Los resultados y conclusiones obtenidos deberán ser considerados por las Autoridades Municipales, de manera obligatoria en el proceso de toma de decisiones respecto al tema de la consulta” al respecto la DCP 0019/2015 declaró su compatibilidad pura y simple.