SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

a)

La accionante madre del menor a través de su abogada, ratificó su memorial de acción de libertad y añadiendo manifestó lo siguiente: a) El adolescente desde el 10 de marzo de 2015, se encuentra con detención preventiva; b) Se interpuso una excepción de incompetencia, en consecuencia el proceso fue remitido al Juzgado de la autoridad ahora demandada a efecto de seguir el trámite de acuerdo a lo establecido en beneficio de los menores de edad, se realizó la citada audiencia de cesación a la detención preventiva el 9 de abril de 2015 y la Jueza demandada percatándose de la lesión de los derechos y garantías acumuló los obrados y dispuso su libertad pura y simple debiendo ejecutarse en el día; c) El Gobernador del Centro Penitenciario de San Pedro, mediante informe señaló que en el mandamiento de detención preventiva constaba el nombre del menor citado con error, por lo que pidieron a la indicada Jueza que corrobore tal extremo corrigiéndolo; empero, en vez de subsanarlo, escribió invirtiendo los datos referidos modificando la identidad del adolecente; d) En el certificado que se adjuntó como prueba, constan los nombres y apellidos de forma correcta, los errores se produjeron en la transcripción de las autoridades que tuvieron conocimiento de la causa, razón por la que este trámite era administrativo; e) La autoridad que conozca de alguna tramitación al percatarse de una equivocación de transcripción está en la obligación de enmendar el mismo; y,  f) Pasaron más de cinco días desde que se dispuso su liberación pero por el referido trámite administrativo se le negó su derecho a la libertad.