AUTO CONSTITUCIONAL 0413/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0413/2015-CA

Fecha: 16-Nov-2015

II.2. Análisis del caso concreto

En el presente caso, el recurrente manifestó que, el Presidente del Consejo Facultativo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UMSS, en evidente usurpación de atribuciones, emitió la Resolución Ad- referéndum 15/2015 de 23 de octubre, convocando al claustro facultativo para la elección de delegados docentes y estudiantes ante el Consejo Facultativo para el 17 de noviembre de 2015, puesto que dicha atribución es privativa del Consejo Facultativo, conforme prevé el art. 129 inc. s) del Estatuto Orgánico de la UMSS.

El recurso directo de nulidad tiene por finalidad efectuar un control competencial de todo acto o resolución emitida por las personas o autoridades que ejerce jurisdicción y competencia; a objeto de declarar la nulidad de los actos o resoluciones pronunciadas en franca usurpación de funciones, conforme establece el art. 122 de la CPE; en ese entendido, de la revisión de antecedentes se advierte que el presente recurso directo de nulidad no se encuentra dentro de las causales de improcedencia establecidas en los arts. 27.II y 146 del CPCo; razón por la cual corresponde analizar si se cumplió con los requisitos para su admisión, advirtiéndose que: