AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2015-ECA

Fecha: 17-Dic-2015

aclarar

         Ahora bien, entre otras consideraciones cabe aclarar que, por mandato del Constituyente boliviano, el Tribunal Constitucional Plurinacional a tiempo de ejercer el control tutelar, limita su accionar al resguardo y protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales consagrados en la Ley Fundamental del Estado; en consecuencia, los razonamientos y la decisión asumida en la SCP 0979/2015-S2, no tiene por objeto dilucidar el fondo del proceso, pues no constituye postura respecto a la culpabilidad o inocencia del imputado, puesto que dichos aspectos deberán ser dilucidados por la autoridad llamada por ley; es decir, sobre la base de los hechos con relevancia constitucional expuestos por el agraviado, este Tribunal se limitó a conceder la tutela por constatar lesión en los derechos invocados por el accionante.