AUTO CONSTITUCIONAL 0070/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0070/2015-CA

Fecha: 19-Feb-2015

I.2.

La Resolución pronunciada por el Juez de Instrucción de Warnez del departamento de Santa Cruz, y por ende todos sus actuados sean declarados nulos por haberse pronunciado sin jurisdicción ni competencia, sin que exista recurso legal alguno que pueda evitar violentar sus derechos, siendo que el proceso de asistencia familiar fue sustanciado por una autoridad incompetente.

Aduce que, el Juez referido, obró contrariamente a lo dispuesto por el art. 222 de la “Ley 603”, apartándose totalmente de lo previsto en los arts. “69 y 110 del Código Procesal Civil” (sic), por ello, correspondía invalidar todos los actuados, pese a haber solicitado expresamente decline competencia para remitir a su similar competente, sin haber sido atendida.