AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2015-CA

Fecha: 25-Feb-2015

I. 1. Atribución de la Comisión de Admisión

De acuerdo a lo previsto por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional (CPCo): “La Comisión de Admisión, en el plazo de cinco días de recibidos los antecedentes originales, observará, si fuera el caso, el incumplimiento de           los requisitos establecidos en el Artículo 24 del presente Código, los cuales podrán ser subsanados en el plazo de cinco días. De no subsanarse, la acción, demanda, consulta o recurso se tendrá por no presentada”.