SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En circunstancias en que se encontraba en un local nocturno, festejando el primero de mayo por ser día del trabajador, presenció una pelea entre jóvenes, uno de los cuales resultó ser hijo de una vecina que es su amistad, por lo que salió en su defensa logrando que los agresores se fueran del lugar, quienes además rompieron los parabrisas de los vehículos que se encontraban eventualmente en el lugar.
Con dicho antecedente agrega que, el “día de ayer”, -se entiende que se refiere al 3 de junio de 2014, en razón a la fecha consignada en el memorial- se produjo su detención ilegal, puesto que no había sido notificada de ninguna forma, permaneciendo detenida en la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de la Pampa de la Isla, por más de ocho horas sin prestar su declaración policial, ni se haya tomado en cuenta su condición de persona adulta mayor y que se encontraba al cuidado de su nieta.