SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2015-S2

Fecha: 16-Feb-2015

1)

El abogado del accionante en audiencia, ratificó el tenor íntegro de la acción de defensa y reiteró los hechos fácticos que considera lesionaron sus derechos. Sin embargo, en uso de la réplica argumentó que: 1) No es que haya existido otra acción que fue rechazada, si no que ellos la retiraron,  es decir, que no hubo pronunciamiento en el fondo; 2) No es evidente que los demandados se encuentren ocupando el inmueble por diez años, ni existe documento de compra venta del inmueble, siendo una falacia el indicar que ellos tienen una acción civil interpuesta; y, 3) Tratándose de medidas de hecho no opera el principio de subsidiariedad, ante el inminente daño irremediable e irreparable que puede sufrir el derecho a la propiedad de quien lo plantea.