SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

concedió

La Sala Civil Mixta de Familia de la Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 027/2013 de 26 de septiembre, cursante a fs. 85 a 87, concedió la tutela solicitada, ordenando que el demandado entregue fotocopias legalizadas de las planillas de sueldos de todos los trabajadores de NUDELPA Ltda., en el plazo de veinticuatro horas a partir de su legal notificación, sea con costas ante la inasistencia del demandado, con los siguientes fundamentos: a) El ejercicio del derecho supone que una vez planteada la acción de petición cualquiera sea el motivo de la misma, la persona tiene el derecho de obtener pronta resolución, lo que significa que el Estado, está obligado a resolver la petición; sin embargo, el sentido de la decisión dependerá de la circunstancia de cada caso en particular y en esta medida podrá ser positiva o negativa, así lo entendió la “SC 189/2001 de 7 de marzo y la SC 191/2010” (sic); y, b) Por las pruebas adjuntas al expediente, se puede evidenciar que los accionantes, han solicitado a Félix Baldir Banegas Arce, Gerente General de NUDELPA Ltda., copias de las planillas de pago, manteniéndose en consecuencia la veracidad de los fundamentos de la presente acción de amparo constitucional.