AUTO CONSTITUCIONAL 0103/2015-CA
Fecha: 20-Mar-2015
I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Los recurrentes alegan que tras la convocatoria de Secretaria General de la Cámara de Senadores para la conformación de Comisiones y Comités para la legislatura 2015-2016, el 28 de enero de 2015, las Bancadas Políticas existentes en la Cámara Alta del Movimiento al Socialismo (MAS), de Unidad Demócrata (UD) y la del Partido Demócrata Cristiano (PDC) quienes presentaron sus bloques políticos para proponer la conformación de Comisiones y Comités acorde lo determinado por el art. 63 del Reglamento Senatorial, que establece el conducto y procedimiento regular para postular a la conformación de Comisiones y Comités, teniendo como requisito sine qua non para acceder a estos cargos el constituir bloques políticos por intermedio de las fuerzas políticas, al efecto la Bancada de UD, remitió a Presidencia una nota de comunicación, mencionando una propuesta de confirmación de los miembros de Comisiones y Comités para la Legislatura 2015 - 2016, de la misma manera actuaron las otras dos Bancadas.
Posteriormente, en el transcurso de la Sesión Plenaria, el Presidente del Senado decretó un cuarto intermedio, pero al regresar del mismo el Bloque Mayoritario del MAS, vulnerando el procedimiento establecido en el referido Reglamento, presentó a través de su Presidencia el único bloque político de conformación de Comisiones y Comités, acto arbitrario contra los otros bloques; toda vez que, la propuesta fue el único Bloque que ingresó en votación, materializando así la vulneración de sus derechos políticos. Cuando debió haberse realizado una votación transparente conforme a procedimiento.
Consecutivamente, en dicha presentación de plancha debió considerarse la modalidad de voto y papeleta; sin embargo, se asumió una modalidad distorsionada a lo que expide el Reglamento, decidiéndose acceder al voto por escrutinio, pero realizándose el procedimiento como si fuera voto nominal, vulnerándose nuevamente el procedimiento de votación, así también como sucedió con la emisión de la papeleta especial habilitada y distribuida que sólo estableció dos palabras “si” y “no”.
Por todo ello, alegan que el Presidente de la Cámara de Senadores, desconoció la decisión del bloque minoritario para ocupar los cargos en Comisiones y Comités, dejando que el bloque mayoritario elija a través de la única opción propuesta por ellos mismos, vulnerando así sus derechos, violentando el procedimiento que se encuentra reglamentado, cuando debió haberse sometido a votación las propuestas de todos los bloques.
Ante lo cual el 30 de enero de 2015, Oscar Miguel Ortiz Antelo, Jefe de la Bancada de UD, presentó moción de reconsideración de la designación de las Comisiones y Comités para la legislatura 2015 - 2016, como el único medio de impugnación establecido en el Reglamento Senatorial, requerimiento que fue rechazado en Sesión Plenaria de 3 de febrero de 2015.