Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0549/2015-S3
Fecha: 26-May-2015
Fragmento 11
Al respecto, esta Sala se encuentra impedida de pronunciarse, por cuanto, conforme al Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la acción de libertad se activa cuando los medios previstos en la jurisdicción ordinaria penal, no sean eficaces para restituir el derecho a la libertad lesionado, no pudiendo acudir directamente ante la justicia constitucional, sin agotar previamente los medios de impugnación previstos legalmente.