Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0283/2015-CA
Fecha: 13-Jul-2015
I.1. Argumentos jurídicos de la acción
Por memorial presentado el 30 de junio de 2015, cursante de fs. 14 a 26, el accionante alegó que el art. 4 del DS 2195 de 26 de noviembre de 2014, establece un mecanismo para la asignación porcentual de la compensación financiera por impactos socio ambientales de las actividades, obras o proyectos hidrocarburíferos, cuando se desarrollen en territorios indígena originario campesinas, tierras comunales, indígenas o campesinas. Dicho mecanismo prevé que la referida compensación se materializará a través de un acuerdo de compensación entre el titular y los beneficiarios, determinando a tal efecto un procedimiento y reglas específicas.