III.1. Respecto a la exhortación a los gobernantes y el conjunto de actores del Gobierno Autónomo Municipal, para la interpretación del contenido de las disposiciones de la Carta Orgánica, conforme a los preceptos, principios y valores constitucionales
El suscrito Magistrado, considerando que el proyecto de Carta Orgánica Municipal, no ha transverzalisado de manera suficiente los institutos políticos, territoriales, sociales, jurídicos, propios de las NPIOC, conforme a los principios, preceptos y valores constitucionales; por lo que, con el propósito de profundizar el pluralismo, la descolonización y la interculturalidad, en la aplicación de la carta orgánica, velando por la supremacía constitucional y la vigencia de los derechos fundamentales, se solicitó al pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional, exhortar al Concejo Municipal de Presto, y el conjunto de actores del Gobierno Autónomo Municipal y conforme a los arts. 1; 2 y 9.1; 4; 11; y, 30 de la CPE, prevean mecanismos que garanticen el ejercicio de los derechos de los NPIOC que habitan dentro del Municipio, respetando siempre las formas propias de organización; sin embargo, al no haber tomado en cuenta dicha solicitud, se formula la presente aclaración:
Finalmente, el hecho de que no se hayan incorporado previsiones expresas sobre el ejercicio de la democracia comunitaria, no debe ser entendida como restricción y/o negación de estos derechos constitucionales; por lo que a tiempo de aplicar la norma básica, deberán encontrarse los mecanismos destinados a garantizar el ejercicio de los derechos de las NPIOC que pudieran existir en el Municipio.
- DCP 0145/2015,
- II.1. El nuevo modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- 1)
- II.2. La efectividad de los derechos fundamentales colectivos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado
- III.1. Respecto a la exhortación a los gobernantes y el conjunto de actores del Gobierno Autónomo Municipal, para la interpretación del contenido de las disposiciones de la Carta Orgánica, conforme a los preceptos, principios y valores constitucionales
- Fragmento 6
- exhortación
