SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2015-S1

Fecha: 17-Jul-2015

denegó

El Tribunal Noveno de Sentencia del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 4 de febrero de 2015, cursante de fs. 16 vta. a 19, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) El accionante, no acompañó prueba alguna que demuestre que vencidas las veinticuatro horas, hubiese acudido a la Jueza del control jurisdiccional para solicitar el cumplimiento al mandato establecido en el art. 251 del CPP, solicitando la remisión inmediata de la apelación al Tribunal de alzada; ii) La Jueza demandada, en su informe señaló que no remitió la apelación incidental dentro el plazo, debido a que el accionante no proporcionó las fotocopias requeridas para dicho efecto; iii) Si bien la jurisprudencia constitucional establece que el juez tiene la obligación de remitir la apelación incidental dentro el termino de veinticuatro horas, también se debe entender que el apelante tiene la obligación respecto a la provisión de los recaudos necesarios hasta antes del vencimiento del plazo a objeto de la remisión ante la autoridad jurisdiccional superior en grado; sin embargo, esta condición no puede considerarse un impedimento para dilatar su tratamiento, de actuar en contrario se dificultaría la tramitación del recurso que ya fue concedido; iv) Debe tenerse presente también, el plazo razonable establecido por las sentencias constitucionales, tomando en cuenta la carga procesal de los administradores de justicia; y, v) La jurisprudencia constitucional, estableció que no procede la acción de libertad, cuando la vulneración ha cesado, en el presente caso,  de acuerdo al informe emitido por la autoridad demandada, ya se habría sorteado el recurso de apelación incidental, tomando conocimiento del mismo la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y por ende cesó la vulneración.