SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2015-S1

Fecha: 17-Jul-2015

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Yesenia Aguirre, por la presunta comisión del delito de abuso deshonesto, el 27 de enero de 2015, fue rechazada su solicitud de cesación a la detención preventiva, por la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, decisión que fue apelada conforme dispone el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y hasta la interposición del presente recurso “heroico” (sic), no se dio cumplimento a la norma antes señalada.

Refiere que, no obstante a la imputación formal, previa aprehensión sin observar los arts. 70, 71, 73, 173,224 y 226 del CPP, debió cumplirse con los aspectos formales materiales de hecho, resolución que no tiene fundamentación fáctica ni jurídica, constituyendo una violación al debido proceso vinculado con el derecho a la libertad de locomoción, dicho acto ilegal motivó la interposición del recurso de apelación incidental.

Finalmente indica que, los procesos deben sustanciarse dentro de los plazos dispuestos por la norma legal, o en su defecto en un plazo razonable; toda vez que, una actuación contraria conlleva no sólo la vulneración de los derechos y garantías constitucionales, sino también al incremento de la retardación de justicia y consiguiente lesión del principio procesal de eficacia, que supone el cumplimiento de las disposiciones legales y que los procedimientos logren su finalidad.