Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0236/2015-RCA
Fecha: 28-Ago-2015
por Auto de Vista 164/2015 de 27 de marzo
Indicó que, cuando se remitieron obrados al Juez de la causa, a través de Auto interlocutorio 24/2015 de 30 de enero, determinó “…se dispone la reanudación del proceso…” (sic); es decir, que contravino lo ordenado a través del Auto de Vista 234/2014, emitido por el Tribunal de alzada. Por lo que, interpusieron recurso de apelación, pero los Vocales ahora demandados por Auto de Vista 164/2015 de 27 de marzo, convalidaron los actos del Juez inferior. Con esa determinación se vulneraron sus derechos constitucionales; una de las terceras interesadas es Ivanna Jadue Jimenez.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- por Auto de Vista 164/2015 de 27 de marzo
- I.4. Resolución del
- improcedente
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
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