AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2015-RCA

Fecha: 10-Sep-2015

improcedencia“in límine”

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, medianteResolución 35/15 de 9 de julio de 2015, cursante a fs. 30 y vta., declaró la improcedencia“in límine” de la acción de amparo constitucional, fundamentando que, el accionante no agotó las vías o medios legales de impugnación previstos en el ordenamiento jurídico; toda vez que, ante las supuestas irregularidades, suscitadas durante la vigencia de la etapa preparatoria, con supuesta inobservancia de derechos fundamentales, tenía abierta la posibilidad de denunciar tal extremo ante el juez de instrucción en lo penal, incumpliendo el principio de subsidiariedad que rige a las acciones de amparo constitucional, conforme disponen los arts. 53 y 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo) .