El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0087/2015 de 30 de septiembre, que declara
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0087/2015 de 30 de septiembre, que declara

Fecha: 30-Sep-2015

IMPROCEDENTE

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0087/2015 de 30 de septiembre, que declara IMPROCEDENTE la acción de inconstitucionalidad concreta, promovida por el Administrador a.i. de la Aduana Interior Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB); el Administrador a.i. de la Gerencia Regional La Paz de la ANB; la Directora Ejecutiva a.i. de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) Santa Cruz; y, el Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), a instancia de Jean Claude Sarry, Cinthya Villarroel Sandoval, Carlos Modesto Chávez Condori, Roberto Vladimir Sandoval Ríos, Carolina Veizaga Peñaloza en representación legal de Waldo Edson Terán Gamboa y Gonzalo Germán Murillo Azcarraga; Juan Carlos Peña Severiche, María Teresa Toro Baspineiro en representación legal de la IMPORTADORA PROAGI S.R.L.; Humberto Mercado Flores en representación legal de Guadalupe Mamani Mamani; Miguel Ángel Crespo Carreón en representación legal de CREYLAND MOTORS Ltda.; Roberto Carlos Cuellar Alderete en representación legal de Grover Tupa Tupa; y, Juan Guillén Caballero, demandando la inconstitucionalidad de la última frase del art. 1; Disposiciones Adicionales Décima Octava, Décima Novena y Vigésima; así como las Disposiciones Transitoria Segunda y Final Segunda de la Ley 317 -del Presupuesto General del Estado (Gestión 2013)-; y por conexitud de los           arts. “273” y 275 del DS 1487.